¿Es legal que una IA responda por WhatsApp Business a los clientes de mi inmobiliaria, o necesito pedirles un consentimiento especial de protección de datos antes de que hable con ellos?
Sí, es legal y no hace falta un consentimiento especial: basta con informar a la persona (art. 13 RGPD) y avisar de que habla con un sistema automatizado, obligación que el Reglamento Europeo de IA (2024/1689) exige explícitamente desde su entrada en vigor en agosto de 2024. Cualificar leads no es una decisión con efectos jurídicos significativos, así que no entra en el régimen reforzado del artículo 22 del RGPD.
- El artículo 13 del RGPD obliga a informar sobre quién trata los datos, con qué fin y durante cuánto tiempo.
- El Reglamento Europeo de IA (UE) 2024/1689 entró en vigor en agosto de 2024 e incluye una obligación de transparencia cuando una persona interactúa con un sistema de IA.
- El artículo 22 del RGPD solo exige garantías reforzadas (intervención humana, explicación) ante decisiones con efectos jurídicos o significativos, no ante la cualificación de un lead.
- WhatsApp Business Platform limita a plantillas aprobadas los mensajes enviados fuera de la ventana de 24 horas desde el último mensaje del cliente.
- La LSSICE exige consentimiento previo (opt-in) para el envío de comunicaciones comerciales electrónicas.
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